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Fallo clave

La Justicia sanjuanina avaló cambios de la reforma laboral y abrió un antecedente fuerte

Un juez laboral de San Juan rechazó cuestionamientos contra artículos de la Ley Bases y dejó firme que siguen las indemnizaciones, pero sin algunos recargos que antes engordaban las condenas.

La Justicia sanjuanina avaló cambios de la reforma laboral y abrió un antecedente fuerte

La reforma laboral metió su primer golpe de efecto en los tribunales de San Juan. El Primer Juzgado del Trabajo rechazó un planteo de inconstitucionalidad contra artículos de la Ley Bases y dio por válido el fin de varias sanciones económicas que se aplicaban a empleadores por problemas en la registración de personal. En criollo: las indemnizaciones por despido siguen vigentes, pero ya sin esos adicionales que antes hacían crecer las condenas.

La sentencia, firmada por el juez laboral Matías Pallitto, puede transformarse en una referencia para otros casos que vengan más adelante. Todo nació a partir de la demanda de una trabajadora despedida de un comercio gastronómico de Caucete, que además de la compensación habitual pidió los montos extra previstos para castigar el trabajo no registrado, la mala registración de la relación laboral y la demora en entregar documentación. El magistrado entendió que esas penalidades no forman parte del núcleo de derechos protegidos por la Constitución para los trabajadores.

En su análisis, Pallitto marcó una diferencia bien clara: una cosa son las indemnizaciones, que buscan reparar el daño de un despido sin causa, y otra muy distinta son las multas derogadas, que tenían un fin sancionatorio contra el empleador. También remarcó que la protección frente al despido arbitrario sigue en pie y que los trabajadores conservan las herramientas legales para reclamar lo que corresponda cuando hay una desvinculación injustificada. O sea, el sistema indemnizatorio no desaparece; lo que cambia es el esquema de castigos complementarios.

El fallo además sostiene que no hay choque con el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. Según el juez, quienes se sientan perjudicados por incumplimientos laborales todavía pueden reclamar por la vía del derecho común, siempre que prueben concretamente el daño que dicen haber sufrido. También valoró que el Congreso impulsó la Ley Bases como parte de una política para modificar el funcionamiento del mercado laboral, y recordó que a los jueces les toca controlar si eso se ajusta a la Constitución, no decidir si la medida conviene o no.

Con esta resolución, la Justicia laboral sanjuanina dejó asentada una primera postura frente a una de las reformas más discutidas de los últimos tiempos. El criterio todavía puede ser revisado por instancias superiores, pero ya quedó como un antecedente pesado para futuras peleas judiciales vinculadas al empleo informal y a las registraciones deficientes en la provincia.

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