El Gobierno va al Senado con una reforma que pone bajo la lupa las pensiones por invalidez
La iniciativa oficial busca auditar beneficios, frenar presuntas irregularidades y rediseñar el sistema de prestaciones para personas con discapacidad. El proyecto reemplaza la ley de emergencia aprobada por la oposición y abre un debate caliente por el financiamiento y el alcance de los derechos.
El Gobierno nacional mandó al Senado un proyecto integral para cambiar de raíz el régimen de pensiones no contributivas por invalidez y el sistema de prestaciones para personas con discapacidad. La propuesta pone el foco en el control del gasto, la auditoría de beneficios y un nuevo esquema de financiamiento federal, con el argumento de combatir el fraude y ordenar el padrón de beneficiarios.
La iniciativa reemplaza la normativa vigente en la materia y también la ley de emergencia en discapacidad aprobada por la oposición, cuya implementación el Ejecutivo viene frenando. En ese marco, el texto ya levantó polvareda y promete un debate fuerte en el Congreso.
Objetivo central: el proyecto se presenta como una ley "contra el fraude" en las pensiones no contributivas por invalidez. Parte de un diagnóstico de crecimiento "exponencial" de estos beneficios en las últimas dos décadas y de supuestas irregularidades administrativas y médicas detectadas en auditorías oficiales.
Redefinición de la pensión por invalidez: se restablece el criterio de invalidez laboral, dejando de lado un enfoque más amplio incorporado por la ley de emergencia. Además, la pensión será equivalente al 70% del haber mínimo jubilatorio y será incompatible con el trabajo formal y con la inscripción en regímenes laborales o tributarios.
Auditorías y control permanente: la norma obliga a hacer verificaciones periódicas para revisar requisitos documentales, socioeconómicos y médicos. También habilita el cruce de datos con Anses, organismos tributarios, SINTyS y otras bases estatales. Ante inconsistencias objetivas, se podrá suspender preventivamente el beneficio, aunque con la posibilidad de pedir una rehabilitación provisoria.
Reempadronamiento obligatorio: el texto ordena un reempadronamiento general de los titulares de pensiones no contributivas por invalidez. Prevê plazos mínimos, opciones presenciales y remotas y medidas de accesibilidad. Si no se cumple con el trámite, la suspensión será automática y después podría llegar la baja del beneficio, siempre con garantía de debido proceso.
Cambios en las prestaciones por discapacidad: el proyecto redefine el principio de universalidad. Garantiza un piso mínimo de prestaciones, pero sin aranceles ni valores uniformes en todo el país. Los montos y las formas de financiamiento quedan atados a las competencias y capacidades de cada jurisdicción. Cuando el responsable sea el Estado nacional, los aranceles deberán actualizarse cada trimestre.
Nuevo esquema de financiamiento: se fijan partidas específicas dentro del Ministerio de Salud y se incorporan mecanismos de compensación presupuestaria si no alcanza el crédito disponible. A diferencia de la ley de emergencia, la expansión de derechos queda sujeta a la disponibilidad de recursos.
Rol de las provincias y la Ciudad: la propuesta habilita convenios con las provincias y con CABA para administrar programas de salud de los beneficiarios. Además, establece un esquema de corresponsabilidad financiera entre Nación y jurisdicciones locales, sobre todo para los futuros beneficiarios.
Derogaciones y sustituciones: el proyecto reemplaza artículos centrales de la ley de emergencia en discapacidad, deroga disposiciones clave de esa norma y restablece la vigencia de leyes anteriores que habían sido modificadas.
Fundamento jurídico y político: el Ejecutivo invoca la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y remarca el principio de cumplimiento progresivo según los recursos disponibles. En los hechos, busca dejar atrás la lógica de emergencia y pasar a un esquema más controlado, con más auditoría y menos margen para la expansión automática del sistema.