La reforma laboral ya está acá: vacaciones y sueldos nunca serán lo mismo
El Gobierno puso en marcha la Ley de Modernización Laboral que cambia de punta a punta las indemnizaciones, horarios, sueldos y sindicatos en todo el país.
Este viernes, el Gobierno nacional estampó la firma final en la Ley de Modernización Laboral, después de que el Congreso aprobara la reforma al cierre de las sesiones extraordinarias. La norma, que ya fue publicada en el Boletín Oficial y comenzó a regir de inmediato bajo el Decreto 137/2026, lleva el sello de Javier Milei, Manuel Adorni y la ministra Sandra Pettovello.
La ley, que quedó registrada como Nº 27.802, trae 25 capítulos y empezó a regir desde el día siguiente de su publicación oficial. Algunos artículos polémicos, como los que afectaban las licencias médicas, fueron sacados de último momento para evitar mayores controversias.
En el centro de la reforma están las indemnizaciones por despido, con importantes cambios en cómo se calculan. Conceptos como las vacaciones no gozadas, el aguinaldo, las propinas y los premios ya no formarán parte de la base para determinar los montos. Además, se establece un tope máximo que no podrá pasar de tres veces el salario promedio mensual según cada convenio colectivo, y un piso mínimo que no bajará del 67% de la remuneración habitual del empleado.
Para ponerle un poco de orden a los pagos, las empresas grandes podrán dividir las indemnizaciones en hasta seis cuotas mensuales, mientras que las pymes tendrán un plazo mayor, hasta 12 cuotas. Además, los montos ajustados judicialmente se modificarán según la inflación más un 3% extra anual, para intentar preservar durante más tiempo el valor real del dinero.
Una novedad para los fondos de indemnización son los llamados Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que se financiarán con aportes obligatorios: las grandes firmas aportarán el 1% y las pymes el 2,5%. Estos fondos, que serán monitoreados por la Comisión Nacional de Valores, ayudarán a garantizar el pago de las indemnizaciones mediante cuentas protegidas contra embargos.
El salario ahora tendrá un salto con la introducción del "salario dinámico", que permite que parte del sueldo dependa del desempeño o cumplimiento de metas, claro que esto se definirá en los convenios colectivos. Eso sí, el pago deberá hacerse sí o sí por banco, dejando atrás los billetes en mano.
Respecto a las vacaciones, la ley sigue marcando que deben otorgarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril, aunque ahora se habilita el fraccionamiento en tramos de al menos siete días corridos, siempre con acuerdo mutuo. En el horario laboral, se abre la puerta a esquemas flexibles: bancos de horas y posibilidad de extender la jornada hasta 12 horas, siempre que haya descanso mínimo de 12 horas entre turnos.
La reforma también permite emplear personal a tiempo parcial por debajo de la jornada legal según acuerdos específicos en cada rama laboral. En cuanto a sindicatos, la cuota solidaria seguirá descontándose, pero con un tope del 2% del salario mensual. Además, los convenios a nivel empresa o regional tendrán prioridad sobre los de actividad o rama, y se limita la ultraactividad, esa extensión legal automática que ocurría una vez vencidos los acuerdos.
En relación al derecho de huelga, la ley establece condiciones más estrictas en sectores considerados servicios esenciales, como la salud, abastecimiento de agua, telecomunicaciones y transporte aeronáutico, entre otros. Allí deberá garantizarse al menos el 75% del personal activo. También se incluyen sectores de importancia trascendental, como siderurgia, química y construcción, que deberán mantener un mínimo del 50% en huelgas. Las asambleas que puedan afectar el funcionamiento de la empresa requieren autorización previa del empleador.
Para dar una mano a la formalización laboral, se lanzan programas que permiten regularizar situaciones irregulares con condonación de hasta el 70% de deudas por aportes y sanciones. También se bajan las contribuciones patronales al 8% anual para ciertas contrataciones, con beneficios extras para quienes incorporen trabajadores registrados antes del 10 de diciembre de 2025 o que hayan tenido roles como monotributistas o en el sector público.
La reforma no se olvidó de incentivar inversiones productivas de escala media, con beneficios fiscales para montos desde USD 150.000 hasta 9 millones, incluyendo amortizaciones aceleradas y devolución anticipada del IVA, aunque excluyendo la compra de autos. Este régimen durará dos años.
Finalmente, en la Justicia laboral, los acuerdos homologados tendrán fuerza de sentencia firme, y los honorarios profesionales tendrán un tope del 25% sobre lo reclamado. También se prevé el traslado progresivo de la Justicia Nacional del Trabajo a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o a la órbita federal, según corresponda.
Con esta ley, el panorama laboral en Argentina cambia para siempre. Entre avances y ajustes, todos en el mundo del trabajo tendrán que adaptarse a un nuevo mapa que busca modernizar y ordenar las reglas del juego en toda la Argentina.