El Gobierno nacional oficializó este martes cambios en el Régimen de Zona Fría, ese alivio que baja la boleta del gas en varias partes del país. La reforma quedó publicada con la Ley 27.828 y el decreto 1161/2026 en el Boletín Oficial.
La movida fue sancionada por el Congreso el 24 de septiembre y promulgada el 9 de octubre. Desde ahora, no alcanza con vivir en una zona alcanzada por la ampliación anterior: también habrá que estar inscripto en el Régimen de Subsidios Focalizados.
Ahí está la clave del asunto. El beneficio no será automático para todos los hogares, sino para quienes cumplan las condiciones previstas y, además, entren en el esquema de subsidios que fijó la nueva norma.
Otra novedad es que el descuento adicional se aplicará sobre los llamados Consumos Base. O sea, no necesariamente sobre todo el gas que se gasta en la casa, sino sobre una parte determinada del consumo.
La reforma también toca el artículo 75 de la Ley 25.565 y deja sin efecto varios artículos de la Ley 27.637. Igual, la Región Patagónica, Malargüe y la Puna siguen con un tratamiento diferenciado. ¿Habrá que andar con la boleta en la mano y la calculadora lista?

