La Justicia frenó el amparo de los taxistas y dejó firme la regla para los autos de las apps
El juez Humberto Conti rechazó el planteo de un sector de los taxistas sanjuaninos contra la nueva reglamentación del transporte. Así, sigue en pie el artículo 43, que ordena cómo deben funcionar los vehículos que trabajan con aplicaciones.
La pelea de un sector de los taxistas sanjuaninos contra la nueva regla del transporte no prosperó en Tribunales. El juez Humberto Conti, del Cuarto Juzgado Civil, rechazó el amparo y la cautelar que habían presentado.
Con esa decisión, quedó vigente el artículo 43 del decreto reglamentario. Ese punto es uno de los que más rechazo generó entre los trabajadores del volante.
La presentación había sido impulsada por referentes del sector, entre ellos Walter Ferreri. Pedían frenar la aplicación del artículo hasta que se resolviera el fondo de la causa.
También reclamaban que se declare inconstitucional parte de la nueva normativa. Sostenían que choca con reglas provinciales y nacionales sobre el transporte de pasajeros.
El artículo 43 incorpora la modalidad de "vehículos no identificados". Habla de un servicio no regular, pedido por el usuario, sin recorridos ni horarios fijos, y sin identificación exterior visible del auto.
La reglamentación exige que conductores y unidades estén inscriptos y habilitados en el ReProTran. Además, deben cargar los datos del chofer y del vehículo, mantener la información al día y cumplir las condiciones técnicas que marque la autoridad de aplicación.
Los autos tienen que tener cuatro puertas como mínimo, capacidad para llevar pasajeros, medidas de seguridad activa y pasiva, y conservar su forma original de fábrica, salvo cambios autorizados. Cada viaje, además, debe quedar registrado con conductor, vehículo, origen, destino, fecha y horario.