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La pelea sigue en la Corte

Casal apuró a la Corte para que anule la cautelar que reactivó la pensión de Cristina Kirchner

El procurador general sostuvo que la Cámara cayó en una contradicción jurídica grave al devolver el beneficio y pasar por alto los efectos de la condena firme en la causa Vialidad.

Casal apuró a la Corte para que anule la cautelar que reactivó la pensión de Cristina Kirchner

El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, le pidió este martes a la Corte Suprema que deje sin efecto el fallo que permitió que Cristina Kirchner volviera a cobrar, de manera provisoria, la pensión vitalicia que recibe como viuda de Néstor Kirchner. En un dictamen de 13 páginas, sostuvo que la Cámara Federal de la Seguridad Social cayó en una contradicción jurídica "insalvable" al restituir el beneficio. También cuestionó que esa decisión ignorara las consecuencias de la condena firme por corrupción en la causa Vialidad.

El expediente lleva el nombre "Recurso de Queja N° 2 - Fernández, Cristina Elisabet c/ ANSES s/ nulidad de acto administrativo" y nació después de que la Cámara ordenara devolver cautelarmente la pensión mientras seguía el juicio principal sobre la legalidad de la baja dispuesta por la ANSES. Aunque el dictamen de Casal no obliga a los jueces del máximo tribunal, sí dejó el terreno listo para una definición de peso. Para el procurador, la resolución atacada "encierra un insalvable antagonismo en su razonamiento, que impide sostenerla como acto judicial válido".

Casal marcó como punto central que los propios camaristas admitieron que el alcance de la condena y de la inhabilitación absoluta prevista en el artículo 19 del Código Penal debe resolverlo el juez de ejecución penal. Sin embargo, después ordenaron suspender la baja de la pensión con una cautelar dictada por otro fuero. Según su mirada, esos dos razonamientos no cierran entre sí y le quitan a la sentencia la "unidad lógico jurídica" que debería tener toda decisión judicial. También remarcó que la Cámara dejó de lado un aspecto clave del planteo del Estado: que las condenas a prisión de más de tres años llevan aparejada la inhabilitación absoluta y, con ella, la suspensión del goce de toda jubilación, pensión o retiro.

En ese tramo, el procurador fue claro: la Cámara no dio fundamentos suficientes para apartarse de ese argumento y se apoyó casi por completo en el carácter alimentario de la prestación. Para Casal, eso no alcanza, porque el fallo "pretende desconocer las consecuencias jurídicas de una sentencia penal firme, que impone a la actora la inhabilitación absoluta". Además, advirtió que una decisión así "atenta contra el adecuado respeto que merecen las decisiones judiciales", ya que impide que sus efectos sean frenados por medidas cautelares dictadas en procesos distintos.

En el cierre de su pronunciamiento, Casal amplió el planteo y habló de un "grave conflicto institucional", al entender que la sentencia de la Cámara no solo tenía una contradicción interna, sino que además invadía la competencia de otro juez y desconocía los alcances de una sentencia firme con autoridad de cosa juzgada. Con ese cuadro, mantuvo el recurso de hecho presentado por el fiscal general y le pidió a la Corte que revoque la cautelar que le permitió a Cristina Kirchner volver a cobrar la pensión.

El fondo del conflicto va mucho más allá de lo previsional. Desde que decidió quitarle las prestaciones especiales a la ex presidenta, el Gobierno sostuvo que una condena firme por corrupción es incompatible con beneficios creados para quienes ejercieron la Presidencia y para los derechohabientes de ex mandatarios. La defensa de Cristina Kirchner, en cambio, insiste en que la medida de la ANSES, que depende del Ministerio de Capital Humano a cargo de Sandra Pettovello, no tiene respaldo legal suficiente y que la pensión conserva su carácter alimentario hasta que haya sentencia definitiva.

La pelea arrancó en noviembre de 2024, cuando la ANSES dio de baja los dos beneficios especiales que cobraba Cristina Kirchner: la asignación mensual vitalicia por haber sido presidenta y la pensión derivada del fallecimiento de Néstor Kirchner, ambas dentro del régimen de la Ley 24.018. La decisión se tomó después de que la Cámara Federal de Casación Penal confirmara la condena en la causa Vialidad, y luego la Corte Suprema la dejara firme. A partir de ahí, la ex mandataria fue a la Justicia para pedir la nulidad del acto administrativo y, en paralelo, reclamó una cautelar para recuperar provisoriamente la pensión. Primero se la rechazaron en el Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 1, pero en febrero la Sala III de la Cámara dio vuelta ese criterio y ordenó restituir el beneficio mientras siga el juicio principal.

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