Un peritaje psiquiátrico le cerró la puerta al planteo de nulidad en el caso Andreoni
El Tribunal de Impugnación sumó estudios psiquiátricos y socioambientales al expediente y el resultado no favoreció a la defensa. Los especialistas concluyeron que el condenado entiende perfectamente sus actos y puede seguir el proceso sin objeciones.
La revisión de la condena contra Julio Abdias Castro Agüero por el homicidio de Diego Andreoni sumó una prueba que terminó siendo clave. En una audiencia ante el Tribunal de Impugnación se incorporaron las pericias psiquiátricas y socioambientales ordenadas en esta etapa. Los informes fueron contundentes: el condenado no presenta alteraciones cognitivas y está en condiciones de comprender el proceso judicial que enfrenta.
Ese resultado dejó muy debilitada la estrategia de la defensa, encabezada por la abogada María Filomena Noriega, que había pedido la nulidad del juicio con el argumento de que antes de dictarse la sentencia no se habían hecho evaluaciones sobre la salud mental de su defendido. Como alternativa, también había reclamado la absolución o, en su defecto, que el hecho fuera encuadrado como exceso en la legítima defensa, una salida que podía achicar la pena.
Pero los jueces Juan Carlos Caballero Vidal (h), Daniel Guillén y Renato Roca ya habían rechazado por unanimidad el pedido de nulidad. Consideraron que una pericia psiquiátrica no era un requisito indispensable para dictar el fallo y remarcaron, además, que ese estudio nunca había sido solicitado por la defensa durante la investigación. Igual, para despejar cualquier duda futura, el tribunal ordenó que la Fiscalía hiciera de inmediato los estudios médicos.
Los resultados confirmaron que Castro Agüero es plenamente apto, desde el punto de vista psicológico y psiquiátrico, para afrontar el proceso. Ninguna de las partes objetó el informe. El caso tiene su origen en el asesinato de Diego Andreoni, ocurrido en medio de un violento enfrentamiento en el llamado "tercer tiempo" de un partido jugado en una cancha de fútbol de Rivadavia.
En el juicio oral, el tribunal integrado por Mabel Moya, Guillermo Adárvez y Javier Figuerola condenó a Castro Agüero a 12 años de prisión efectiva como autor del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego. En tanto, el otro imputado, Franco Vicente Gómez, fue absuelto. Ahora, con la nueva prueba ya incorporada, el Tribunal de Impugnación dio por cerrado el debate y empezó a correr el plazo legal de 30 días para resolver si confirma la condena o si hace lugar, total o parcialmente, a los planteos de la defensa.