Remueven a los tres fiscales que llevaron el caso Dalmasso
El Jury de Enjuiciamiento decidió apartar a Javier Di Santo, Luis Pizarro y Daniel Miralles por negligencia grave y mal desempeño. La resolución marca un antes y un después en una causa que sigue dejando bronca y preguntas.
Un fallo que hizo ruido en Córdoba y que ya quedó marcado como histórico: el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial resolvió este miércoles por la noche destituir a Francisco Javier Di Santo, Daniel Pedro Miralles y Luis Roberto Pizarro, los fiscales que intervinieron en la investigación por la muerte de Nora Dalmasso. El cuerpo los consideró responsables de negligencia grave y mal desempeño en distintas etapas de la causa. La decisión se tomó en la Legislatura provincial y fue unánime.
La lectura estuvo a cargo de la presidenta del Jury, la doctora Julieta Rinaldi, y dejó en claro que los tres quedaron fuera de sus cargos de manera inmediata. Además, recibieron una inhabilitación absoluta para ocupar cualquier puesto público en la Justicia provincial. Di Santo y Miralles trabajaban en Río Cuarto, mientras que Pizarro cumplía funciones en Río Tercero. El tribunal entendió que sus conductas encuadraron en las causales previstas por el artículo 154 de la Constitución Provincial.
Antes del veredicto, el jurado rechazó varios planteos de nulidad presentados por las defensas. Entre ellos, una objeción de Miralles sobre una prueba de mapeo genético y otro pedido de Di Santo por supuesta cosa juzgada. Con esos rechazos, el proceso siguió firme hasta la votación final. El debate había arrancado el 21 de abril, con testimonios, alegatos y las últimas palabras de los acusados.
La fiscal general adjunta, Betina Croppi, había pedido más temprano la destitución de los tres funcionarios por presunto mal desempeño y negligencia grave. Según expuso la abogada Mariángeles Mussolini, que representó a Facundo Macarrón, Croppi sostuvo que Di Santo tenía al autor del homicidio "ante sus ojos". También cuestionó que el primer fiscal no avanzara con la coartada de Roberto Bárzola y que Miralles desestimara informes que confirmaban el abuso sexual con acceso carnal contra Nora Dalmasso.
En el tramo más duro de su planteo, Croppi remarcó que la acusación contra Pizarro por homicidio agravado por promesa remuneratoria no tenía sustento suficiente y que ni siquiera se investigó quién era el sicario. El dato que volvió a sacudir todo apareció en 2024, cuando se conoció que el ADN hallado en el cinturón de la bata de Dalmasso y en la zona íntima coincidía con el de Bárzola, el parquetista que trabajaba en la casa al momento del crimen y que hoy está en libertad.
Tras la lectura del fallo, el Jury notificó lo resuelto al Poder Ejecutivo, al Poder Legislativo, al Tribunal Superior de Justicia y al Consejo de la Magistratura. Las defensas dejaron planteada la reserva del caso federal, mientras que los fundamentos completos de la sentencia serán dados a conocer el 20 de mayo de 2026, a las 9. Allí se conocerá el detalle técnico de una destitución que ya hizo historia en la provincia.