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Fallo clave en la Corte

La Justicia frenó al Estado y puso límites al uso de datos personales

El máximo tribunal marcó un freno al intercambio de información de ciudadanos sin permiso y anuló artículos de la ley de datos personales. La decisión salió a partir del reclamo de una jubilada contra el Estado Nacional.

La Justicia frenó al Estado y puso límites al uso de datos personales

La Corte Suprema declaró inconstitucional que el Estado use datos personales sin consentimiento y dejó sin efecto varios artículos de la ley de Protección de Datos. El fallo apuntó de lleno contra una práctica que, según el tribunal, metía la mano en la privacidad de la gente sin una justificación válida. La resolución salió al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que habilitó a la ANSeS a ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales, según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas.

Con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, el tribunal sostuvo que no existe un interés legítimo que avale un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales a espaldas de sus dueños. En esa misma línea, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que permitían el cruce de información entre organismos estatales sin autorización. Para la Corte, esas excepciones eran demasiado amplias y terminaban vaciando de sentido la protección de los datos personales.

El caso nació cuando la mujer cuestionó que su información fuera usada para fines distintos a los que justificaron su entrega original. También explicó que no quería recibir comunicaciones oficiales ni ser contactada una y otra vez. En disidencia, Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren plantearon rechazar el recurso del Estado y dejar firme el fallo anterior, aunque sin expedirse sobre la constitucionalidad de la norma.

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