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Control de Armas

Mano dura con las armas: El RENAR actualizó el registro para las fuerzas de seguridad y el personal retirado

El Registro Nacional de Armas (RENAR) oficializó nuevas reglas para el control de armas y usuarios de las fuerzas de seguridad, incluyendo a quienes ya no están en actividad. Los cambios buscan poner orden en el sistema.

Mano dura con las armas: El RENAR actualizó el registro para las fuerzas de seguridad y el personal retiradoCrédito: Infobae

Estos cambios se hicieron para que sea más fácil y transparente registrar las altas y bajas de todo el material que usan las instituciones. También buscan ordenar cómo se anota y fiscaliza quién es un usuario legal de armas y quién está habilitado para portarlas, una de las tareas principales que tiene el RENAR.

La nueva normativa se engancha con otras modificaciones que ya venían del Decreto 409/2025, que modernizó cómo se manejan las armas en general. Esto implica nuevas obligaciones para todas las fuerzas, tanto federales como provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, y afecta tanto al personal que está en actividad como a quienes ya se retiraron.

Es importante destacar que ahora se aprobaron instructivos específicos para la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Servicio Penitenciario Federal y las Fuerzas Armadas, además de sus equivalentes en las provincias y CABA. Todos ellos deben adecuarse a estas nuevas pautas.

Las instituciones, por su parte, tienen la obligación de mantener al día los inventarios de todas las armas que poseen. Además, para dar un permiso de tenencia o portación, es fundamental que evalúen bien los antecedentes personales, profesionales y el estado psicofísico de cada uno de los solicitantes.

El texto de la resolución es muy claro: las fuerzas deben informar y mantener actualizada la situación psicofísica, disciplinaria y patrimonial de su personal que tiene armas o permisos. Si no cumplen con esto, los funcionarios responsables podrían enfrentar sanciones administrativas.

Para el personal, tanto activo como retirado, que quiera ser usuario legítimo o tener permiso de portación, deberá seguir los nuevos instructivos. Aquellos con permisos vencidos tendrán que hacer todo el trámite de nuevo. Y ojo, si alguien fue exonerado o dado de baja por problemas disciplinarios, pierde automáticamente la condición de usuario legítimo.

Hay plazos que cumplir: el personal tiene sesenta días corridos desde la publicación para registrarse de forma electrónica en el portal mirenar.minseg.gob.ar, declarando su pertenencia y dónde guardan las armas. Las fuerzas, por su lado, tienen noventa días para informar al RENAR el estado psicofísico y la situación de revista de sus miembros, todo mediante una declaración jurada digital.

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