La Justicia volvió a frenar cambios en la reforma laboral y respaldó al gremio de Camioneros
Un nuevo fallo puso en pausa artículos clave de la Ley de Modernización Laboral y encendió las alarmas en el mundo sindical y empresario. El juez entendió que la norma toca de lleno la autonomía gremial y el financiamiento de beneficios para los trabajadores.
Después del revés judicial que ya había sacudido a la Ley de Modernización Laboral por el planteo del gremio del vidrio, ahora apareció otra resolución que mete presión sobre una norma central para el gobierno libertario. Esta vez, la presentación fue impulsada por la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas, Logística y Servicios, que conduce Hugo Moyano. El reclamo cayó en el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 30 y terminó con un nuevo freno a los cambios impulsados por el oficialismo.
El juez Herman Mendel dispuso suspender de manera inmediata los artículos 131 y 133 de la Ley 27.802, además de los artículos 5, 6 y 7 del Decreto 407 que la reglamentó. En su fallo, sostuvo que esas disposiciones afectan la autonomía colectiva, la libertad sindical, la ultraactividad de los convenios y el financiamiento de los gremios. Dicho en criollo: la Justicia entendió que el cambio no era menor y que tocaba una parte sensible del andamiaje sindical.
En el caso de Camioneros, el planteo apuntó a que la nueva regulación sobre aportes y recursos pega de lleno en ingresos destinados al seguro de sepelio, el subsidio para viudas, la cobertura de obra social, la capacitación, la asistencia social y otros aportes extraordinarios contemplados en el convenio colectivo 40/89. El magistrado también marcó que el decreto se habría pasado de rosca al reglamentar la ley, porque no se limitó a ordenar su aplicación sino que, según su criterio, alteró su contenido y sumó restricciones que no estaban previstas en el texto original.
Mientras tanto, la CGT sigue moviéndose con un plan de lucha que podría incluir paros parciales, asambleas, movilizaciones y protestas en distintos sectores. En paralelo, varias organizaciones gremiales avanzan por la vía judicial para intentar trabar la aplicación de la reforma, casi en silencio pero con una estrategia bien aceitada. Desde el Gobierno insisten en que sindicatos y cámaras empresariales se sienten a revisar los convenios colectivos cuanto antes, aunque estos fallos pueden complicar cualquier intento de actualización. Encima, trascendió que este fue el último fallo de Mendel antes de su renuncia, presentada el 22 de mayo y efectiva desde el 1° de julio.
El antecedente inmediato fue el fallo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo 24, a cargo de Leonardo Gabriel Bloise, que hizo lugar a una cautelar del Sindicato de Empleados de la Industria del Vidrio y Afines de la República Argentina. Allí se ordenó a las cámaras del sector abstenerse de desconocer o modificar los artículos 64 y 65 del convenio 683/2014. En ese caso, la Justicia remarcó que esos puntos no son aportes simples, sino fondos destinados a prestaciones bien concretas: capacitación, ayuda escolar, turismo, gastos de sepelio y otras coberturas para los trabajadores y sus familias.