El Gobierno puso fecha al fondo que cubrirá despidos en empresas privadas
Con una reglamentación ya publicada, se definieron cómo funcionará el Fondo de Asistencia Laboral y desde cuándo podrá aplicarse.
El Gobierno avanzó con la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el esquema creado para financiar indemnizaciones en el sector privado. La medida salió publicada en el decreto 408 del Boletín Oficial y terminó de ordenar un sistema que venía demorándose desde hace semanas. En criollo: ahora ya quedaron fijadas las reglas del juego, aunque la puesta en marcha todavía tiene fecha lejana.
Según lo establecido, el FAL empezará a regir el 1 de noviembre de 2026. Estará orientado a empleadores privados y se canalizará mediante fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros, bajo la supervisión de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Cada empresa tendrá una cuenta individual donde se irán acumulando los aportes, y esos fondos quedarán destinados a cubrir futuras indemnizaciones.
La operatoria quedará a cargo de ARCA, que será la encargada de recaudar y derivar las contribuciones mensuales hacia cada cuenta. El decreto también fija una carencia de seis meses desde el primer pago antes de que el empleador pueda usar la cobertura. Además, las inversiones solo podrán hacerse en instrumentos financieros emitidos y negociados en la Argentina, y las cuentas vinculadas al sistema quedarán exentas del Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios.
Otro punto clave es que los empleadores podrán pedir la suspensión de sus aportes si demuestran que el saldo acumulado ya alcanza para cubrir eventuales contingencias laborales. A la vez, se prevé una reducción de contribuciones patronales al sistema de seguridad social, equivalente al dinero que se destine al FAL. En un plazo de 45 días hábiles, la Secretaría de Trabajo, la CNV, ARCA y la Secretaría de Finanzas deberán sacar las normas complementarias para terminar de ponerlo en marcha.