Para ver esta nota en internet ingrese a: https://www.delsurdiario.com/a/84003
Fallo en Corrientes

No logró frenar la parrilla del vecino y terminó con una condena en costas

La Justicia provincial cerró una pelea de vecinos por el humo de una parrilla y dejó en claro que no alcanza con quejarse: hay que probar el daño. El reclamo fue rechazado en todas las instancias.

No logró frenar la parrilla del vecino y terminó con una condena en costas

En Corrientes, un conflicto vecinal que arrancó por el humo de una parrilla terminó con un revés judicial para quien pidió su demolición. El Superior Tribunal de Justicia confirmó el rechazo de la demanda y sostuvo que no se probó que las emanaciones superaran el nivel de normal tolerancia que marca el Código Civil y Comercial. La discusión giró en torno a si ese humo realmente afectaba de manera jurídica el bienestar del vecino y su familia. La respuesta de la Justicia fue no.

La causa había nacido porque el demandante quería que se ordenara destruir la parrilla instalada en la propiedad lindera. Según su planteo, el humo le complicaba la vida y también la de su entorno. Pero tanto el juez de primera instancia como la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial ya habían rechazado ese pedido. Al revisar el expediente, el máximo tribunal provincial entendió que no había elementos suficientes para dar vuelta esa decisión.

Uno de los puntos centrales fue el análisis de las llamadas inmisiones, es decir, molestias que llegan desde un inmueble vecino, como humo, ruidos u olores. La Cámara había dejado claro que el caso no buscaba definir si hubo incumplimiento de un acuerdo municipal ni si la parrilla violaba ordenanzas locales. El eje era otro: determinar si el humo excedía lo que la ley considera tolerable entre vecinos. Y, para los jueces, esa prueba no apareció.

En su apelación, el actor aseguró que la Cámara había pasado por alto varias constancias del expediente. Mencionó actuaciones administrativas municipales, un acuerdo sobre la altura de la chimenea, un acta notarial, fotografías, cartas documento y hasta recomendaciones médicas vinculadas a la exposición al humo. Sin embargo, el Superior Tribunal entendió que esos elementos sí fueron revisados y que no alcanzaban para demostrar una molestia habitual o de peso suficiente. El informe pericial terminó siendo decisivo.

Ese estudio, realizado por un ingeniero, calificó como escaso el uso de la parrilla y consideró adecuada la ventilación del patio del demandante. Además, señaló que la permanencia del humo dependía de factores climáticos. Con ese panorama, los jueces concluyeron que no había una afectación constante ni una situación que desbordara la convivencia normal. En palabras del fallo, "no es la mera existencia del humo lo que torna jurídicamente reprochable la inmisión, sino su exceso respecto de la normal tolerancia". Así, la pelea por la parrilla quedó cerrada y el vecino demandante deberá hacerse cargo de las costas del juicio.

Te puede interesar

Últimas noticias

Ver más noticias