Indemnización por despido: ¿se aplica la nueva ley o la vieja para los empleados ya contratados?
Con la reforma laboral a punto de aprobarse, surge el debate sobre si las indemnizaciones de empleados contratados antes de la ley se regirán por el nuevo cálculo o continuarán bajo la vieja normativa. Expertos coinciden en que la nueva ley se aplicará desde que entre en vigencia, siempre que el despido ocurra después.
La reforma laboral que está a un paso de aprobarse en el Senado trae novedades que ya traen ruido en los pasillos de las oficinas y fábricas. Entre los cambios más resonantes está el nuevo método para calcular las indemnizaciones por despido, con un tope en la actualización y la chance de pagar en cuotas. Pero, la pregunta del millón: ¿vale para los laburantes que entraron antes de que la ley sea oficial?
Según el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, "La reforma aplica a todos los empleos, no solo a los nuevos". Así, la nueva fórmula se usaría para cualquier despido posterior a la aprobación, sin importar cuándo empezó la relación laboral.
El abogado Jorge Grispo explicó claro: "Si el despido ocurre después de la entrada en vigencia de la ley, el nuevo esquema indemnizatorio se aplicaría en principio a ese distracto, aun cuando el vínculo sea anterior". Eso sí, aclaró que si el despido fue antes, no se pueden modificar esos derechos ya adquiridos.
Por otro lado, Julián Ortiz Alonso del Estudio Litvin afirmó que el proyecto "no distingue entre nuevas relaciones o actualmente vigentes, se aplica a todas", apuntando que la clave está en qué se considera un derecho adquirido y qué derechos están en expectativa.
Desde el estudio Espinosa Paz y Asociados, Justo Espinosa Paz señaló que "lo importante es cuándo se produce el despido. La indemnización es un derecho en expectativa mientras dure la relación laboral, y pasa a ser adquirido cuando ocurre el despido. Si fue antes de la ley, se rige por el régimen viejo." Así, casos como los empleados despedidos recientemente por Fate ilustran bien esta situación.
¿Habrá quilombo judicial? Seguro que alguno va a salir a la lona con juicio. Pero, como dijo Ortiz Alonso, "la jurisprudencia apunta a regirse por la norma vigente al momento del despido". Eso sí, cualquier cambio que el trabajador vea como un derecho adquirido modificado podría dar paso a reclamos.
Espinosa Paz también alertó que el cambio en la base de cálculo –que ahora no incluye aguinaldos ni premios– podría ser el punto más polémico y hasta invocar inconstitucionalidad, porque baja el monto final y va contra varios principios laborales y fallos de la Corte Suprema que protegen al trabajador.
En resumen, la reforma mantiene la base de una indemnización por mes trabajado, pero replantea qué se cuenta para ese cálculo, establece topes y mínimos, y habilita el pago en cuotas. Además, se podrían crear fondos laborales que reemplazarían la indemnización directa, un modelo pensado en algunos sectores.
Habrá que estar atentos: la ley nueva está al caer y los que tengan contrato firme están en la mira, con cambios que prometen calentar aún más el tablero en San Juan y todo el país.