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Modificaciones

ARCA mete mano en la Aduana: qué cambios traen los nuevos trámites de exportación

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero aggiornó el trámite de desistimiento para exportaciones, buscando simplificar el proceso y darle más certeza a los comerciantes que operan a nivel internacional.

ARCA mete mano en la Aduana: qué cambios traen los nuevos trámites de exportación

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha una serie de cambios en los procedimientos para desistir de la solicitud de destinación de exportación. La intención es actualizar las reglas del juego, incluir las operaciones que se hacen por tránsito de exportación y darle una vuelta digital al trámite, para que sea más ágil y claro.

Esta movida quedó oficializada este martes con la Resolución General 5812/2026, que salió en el Boletín Oficial y lleva la firma del director ejecutivo, Andrés Edgardo Vázquez. La actualización toca la Resolución General N° 1.921 y demás normas complementarias, que regulaban antes estos procedimientos registrados en el sistema MALVINA (SIM), todo bajo el marco del Código Aduanero (Ley 22.415).

Los cambios apuntan a simplificar el comercio exterior y a darle más previsibilidad a los que se mueven en este terreno, con la experiencia juntada hasta ahora. Por ejemplo, ahora se puede desistir de una solicitud de exportación hasta cinco días después de que venza la destinación o su rehabilitación, siempre que la operación haya sido ratificada previamente con el servicio de Ratificación de Autoría de la Declaración.

Si el desistimiento se pide antes de que se presente la destinación, el trámite debe ser 100% digital, a través del servicio web "Anulación de Destinaciones de Exportación sin Presentación", y no hace falta llevar papeles a ninguna oficina aduanera, salvo que la mercadería ya esté bajo el control de la Aduana. Para los que hacen la solicitud después de presentar la destinación, el trámite pasa por el Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA), con un formulario llamado "Solicitud de desistimiento de declaraciones de exportación", donde se debe explicar la causa y el estado en que está la mercadería.

Además, se agregó un procedimiento específico para las destinaciones que involucran tránsito de exportación, diferenciando si la mercadería está aún en la aduana de registro, pasando en tránsito o ya llegó a la aduana de salida. En estos casos, las dependencias aduaneras se coordinan para autorizar el desistimiento y devolver la mercadería a plaza.

Una vez que el trámite queda aprobado, la destinación pasa automáticamente a estado "anulada" en el SIM y el declarante recibe la notificación por el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA), para que no haya dudas.

Y ojo al piojo: si se pasó el tiempo para desistir y la destinación sigue en estado "oficializada" sin ingresar al depósito, la Aduana puede anularla de oficio y aplicar las sanciones previstas en el artículo 994 del Código Aduanero, sin que eso quite otras posibles multas que puedan surgir.

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