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Cambios

Nueva reglamentación nacional para que los clubes de barrio accedan al subsidio eléctrico

Las instituciones deberán inscribirse en dos registros y completar sus solicitudes a través de la plataforma TAD. También habrá un reempadronamiento obligatorio para quienes ya reciben la tarifa diferencial.

Imagen ilustrativa.

Los clubes de barrio deberán cumplir un nuevo procedimiento nacional para acceder o mantener el subsidio a la electricidad. Desde ahora, las solicitudes se harán exclusivamente a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Además, será obligatorio el reempadronamiento en un plazo de 90 días para quienes ya reciben el beneficio.

El esquema establece un doble registro: las instituciones deben estar inscriptas tanto en el Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo, dependiente de la Subsecretaría de Deportes de la Nación, como en el Registro de Beneficiarios - Clubes de Barrio Res. SE 992/21, a cargo de la Secretaría de Energía.

Para ser considerados clubes de barrio y de pueblo, las entidades deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser asociaciones civiles sin fines de lucro.
  • Contar con personería jurídica vigente.
  • Tener al menos tres años de antigüedad.
  • Reunir entre 50 y 2.000 socios.
  • Desarrollar actividades deportivas no profesionales y facilitar instalaciones para educación no formal y fomento cultural.

En San Juan, el EPRE actúa como Unidad Operativa de Implementación y coordina con la Secretaría de Deportes provincial la comunicación a la Secretaría de Energía de la Nación del listado de instituciones aprobadas. Luego, las distribuidoras Naturgy San Juan S.A. y DECSA aplicarán la tarifa diferencial a los clubes incluidos en ese registro.

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